CAPĆTULO I DISPOSICIONES GENERALES Arte. 1°. - Objetivo El presente Reglamento Interno es un documento normativo que regula el funcionamiento desarrollo y relaciones de los estamentos docente, estudiantil, administrativo y padres de familia, de la Unidad Educativa, en el marco de los principios y normas de los Tratados Internacionales y la Constitución PolĆtica del Estados Vigentes del Estado Plurinacional de Bolivia. Arte. 2°.- Alcance del Reglamento Este Reglamento estĆ” dirigido a todo el personal directivo, docente y administrativo que se encuentra contemplado en la estructura organizativa y operativa de la Unidad Educativa; estudiantes regulares de los diferentes niveles de las mismas y padres de familia. Su cumplimiento es obligatorio para toda esta unidad educativa. ArtĆculo 3. “MARCO JURĆDICO (DEFENSOR DEL PUEBLO) I. El presente reglamento disciplinario estĆ” dirigido a toda la comunidad educativa Abaroense. Su aplicación y cumplimiento concierne a la Dirección, docentes, personal administrativo, padres de familia y estudiantes, sujeto a las disposiciones emanadas por: - Constitución PolĆtica del Estado Plurinacional de Bolivia. - Ley NĀŗ 070 “Avelino SiƱani – Elizardo PĆ©rez” - Ley NĀŗ 548 Código NiƱa, NiƱo y Adolescente. - Ley NĀŗ 045 contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación y su Decreto Reglamentario NĀŗ 762 - Ley NĀŗ 348 para Garantizar las mujeres una vida libre de violencia. - La Resolución Ministerial 01/2022 II. “Forman parte tambiĆ©n del Marco JurĆdico del presente Reglamento, los Decretos Supremos NĀŗ 1302 del 1Āŗ de agosto del 2012, del 8 de agosto del 2012 para la erradicación de la violencia, mal trato abuso que atente contra la vida e integridad fĆsica, psicologĆa y /o sexual de niƱos, niƱas y adolescentes en el Ć”mbito educativo, la Resolución Suprema NĀŗ 212414 del 21 de abril de 1993 del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal docente y Administrativo, la Resoluciones Ministeriales emitidas por Ministerio de Educación, el anual Decreto Supremo NĀŗ 25273 del 8 de enero de 1999 referido a la organización y funciones de las Juntas Escolares de NĆŗcleo y distritos, la Ley NĀŗ 264 de Seguridad Ciudadana, la Ley NĀŗ223 de personas con discapacidad, Arte. 4 PRINCIPIOS, DEFINICIONES Y VALORES .- El presente reglamento tiene como lineamientos generales, principios, y valores definición. PRINCIPIOS Y VALORES Interculturalidad.
Entendida como la interacción entre las culturas, que se constituye en instrumento para la cohesión y convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones para la construcción de relaciones de igualdad y equidad de manera respetuosa. Igualdad. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho. El Estado promoverĆ” las condiciones necesarias para lograr la igualdad real y efectiva adoptando medidas y polĆticas de acción y/o diferenciada que valoren la diversidad, con el objetivo de lograr equidad y justicia social, garantizando condiciones equitativas especĆficas para el goce y afirma ejercicio de los derechos, libertades y garantĆas reconocidas en la Constitución PolĆtica del Estado, leyes nacionales y normativa internacional de Derechos Humanos. Equidad.
Entendida como el reconocimiento a la diferencia y el valor social equitativo de las personas para alcanzar la justicia social y el ejercicio pleno de los derechos civiles, polĆticos, económicos, sociales y culturales. Protección. Todos los seres humanos tienen derecho a igual protección contra el racismo y toda forma de discriminación, de manera efectiva y oportuna en sede administrativa y/o jurisdiccional, que implique una reparación o satisfacción justa y adecuada por cualquier daƱo sufrido como consecuencia del acto racista y /o discriminatorio.